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OFICIO JUDICIAL REITERATORIO

sabrina scorticati 0 Puntos de reputación
2025-09-22T11:53:58.3066667+00:00

OFICIO JUDICIAL REITERATORIO

 

                                                                       Buenos Aires, 22 de septiembre de 2025.-

 

MICROSOFT ARGENTINA SRL

S_______/________D

                       

                                   Tengo el agrado de dirigirme a Usted en mi carácter de letrado patrocinante de la parte demandada, en los autos caratulados: "GINER RUBEN OSCAR C/ RIPOLI PABLO ERNESTO Y OTROS s/DESPIDO" (Expte. Nº11280/2024) de trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nro. 42, a efectos de solicitarle que, sin perjuicio de su respuesta al oficio anterior diligenciado por esta parte, atento que de la información pública surge que HOTMAIL ahora OUTLOOK pertenece a MICROSOFT, solicito informe existencia y titularidad de la casilla ******@hotmail.com . En caso de nueva negativa, solicito se informe a que entidad específica vinculada con la empresa deberá esta parte diligenciar el presente, para su efectivo cumplimiento.- Se deja constancia que deberá remitirse la contestación pertinente vía DEOX o al mail institucional del juzgado, a saber: ******@gmail.com .-

 

                        El auto que ordena la medida en su parte pertinente dice:“… Buenos Aires, 11 de marzo de 2025. A LA PRUEBA INFORMATIVA: (…)LÍBRENSE LOS OFICIOS SOLICITADOS POR:  La Parte DEMANDADA: al Correo Oficial de la República Argentina S.A., a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA -anteriormente AFIP-), a Google Argentina S.R.L., a Microsoft de Argentina S.R.L., a Telefónica Móviles España S.A.U., a Telecom Argentina S.A., a Claro Argentina S.A., a Tuenti S.A., a la Sociedad Bac Dall Argentina S.A., a la Sociedad Zona de Vinos S.A.S., a la Sociedad Net Finance S.A.S., a la Cámara Argentina de Publicidad en Vía Pública, a la Sociedad Smart Cargo S.A., a la Sociedad Tabano Azul S.R.L., y a la Sociedad VM Consultoría S.A.S. [Escrito de contestación de demanda de fecha 19/12/2024]”

 

            Se deja constancia que el presente pedido de informe tramita con el beneficio de litigar sin gastos en virtud de ser realizado por la parte actora en un proceso laboral.-

Plazo de contestación. Se transcribe el Artículo 84. L.O.: Oficios y exhortos. Los oficios dirigidos a jueces nacionales y/o provinciales y los exhortos serán confeccionados por las partes y firmados por el juez y el secretario en su caso, entregándose al interesado bajo recibo en el expediente. Se dejará copia fiel en el expediente de todo exhorto y oficio que se libre. Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como los de remisión de expedientes ordenados en el juicio serán requeridos mediante oficios firmados, sellados y diligenciados por el letrado patrocinante, con transcripción de la resolución que los ordena y que fija el plazo en que deberán remitirse. Deberán otorgarse recibo del pedido de informes y remitirse las contestaciones directamente a la secretaría con transcripción o copia del oficio. El plazo para contestar el informe será de VEINTE (20) días hábiles si se trata de oficinas públicas y de DIEZ (10) días hábiles cuando se solicitare a entidades privadas.(…)”

            Apercibimiento dispuesto en el art. 398 del C.P.C.C.N.: “Las oficinas públicas y las entidades privadas deberán contestar el pedido de informes o remitir el expediente dentro de los diez días hábiles, salvo que la providencia que lo haya ordenado hubiere fijado otro plazo en razón de la naturaleza del juicio o de circunstancias especiales. No podrán establecer recaudos que no estuvieran autorizados por ley. Los oficios librados deberán ser recibidos obligatoriamente a su presentación. El juez deberá aplicar sanciones conminatorias progresivas en el supuesto de atraso injustificado en las contestaciones de informes. La apelación que se dedujera contra la resolución que impone sanciones conminatorias tramita en expediente separado.”.

 

                                   Sin otro particular, saludo a Ud muy atte.

 

SABRINA SOLANGE SCORTICATI

                           T°119 F°1 C.P.A.C.F

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